
Confederación de Pueblos del Caribe Occidental (CPCO) · Adiciones al Acta de Constitución, al Plan de Acción y a la Agenda de la Asamblea
30 de julio de 2026
Un Órgano de Fiscalización y Auditoría para LA CONFEDERACIÓN
Se propone incorporar al Acta de Constitución, al Plan de Acción 2026–2027 y a la Agenda de la Asamblea un nuevo Órgano de Fiscalización y Auditoría, integrado por un Fiscal o una Fiscal (vigilancia institucional y seguimiento), un Auditor o una Auditora (examen técnico financiero) y una persona especialista en materia financiera, contable o de control interno. Se preserva la separación con el Consejo de Ancestros y Saberes, que continúa a cargo de la ética, las denuncias y los conflictos de interés no financieros.
1. Acta de Constitución
Artículo 1. Naturaleza jurídica
Texto actual: Gestionar recursos financieros y técnicos provenientes de cooperación internacional, fondos públicos o privados, conforme a los principios de transparencia, autodeterminación y autonomía de los pueblos.
Adición: …conforme a los principios de transparencia, autodeterminación y autonomía de los pueblos, y sujeto a los mecanismos de fiscalización y auditoría previstos en la presente Acta.
Artículo 7. Órganos principales
Nuevo literal e): Órgano de Fiscalización y Auditoría (control financiero, fiscalización de la gestión de recursos, auditoría interna y rendición de cuentas).
Artículo 8. Asamblea General de Pueblos
Texto actual: Elegir al Consejo Ejecutivo, a los/as integrantes de la Secretaría General y al Tribunal de la Confederación.
Reemplazar por: Elegir al Consejo Ejecutivo, a los/as integrantes de la Secretaría General, al Tribunal de la Confederación, al Fiscal o la Fiscal, al Auditor o la Auditora y a la persona especialista en materia financiera, contable o de control interno que integrará el Órgano de Fiscalización y Auditoría.
Nueva viñeta: Conocer y recibir el informe anual de fiscalización y auditoría presentado por el Órgano de Fiscalización y Auditoría, y adoptar las decisiones, medidas correctivas o acciones de seguimiento que correspondan.
Artículo 9. Consejo Ejecutivo
Nueva función: Someter la gestión financiera y administrativa de LA CONFEDERACIÓN a los procesos de fiscalización y auditoría que correspondan, atender las recomendaciones que de ellos se deriven y presentar a la Asamblea General, dentro del plazo establecido, un informe y un plan de acción sobre las medidas correctivas adoptadas.
Artículo 12. Secretaría General
Nuevo literal h): Poner a disposición del Órgano de Fiscalización y Auditoría, de manera oportuna, completa y suficiente, la información financiera, contable, presupuestal y administrativa que este requiera para el cumplimiento de sus funciones, incluyendo libros, registros, sistemas, estados financieros, presupuestos, contratos, convenios, proyectos, comprobantes y demás documentación institucional, sin perjuicio del deber de confidencialidad.
Nuevo Artículo 13. Órgano de Fiscalización y Auditoría
Se inserta entre el actual Art. 12 (Secretaría General) y el actual Art. 13 (Consejo de Ancestros y Saberes). El actual Art. 13 pasa a Art. 14 y el actual Art. 14 (Solución de Controversias) pasa a Art. 15 — número que hoy está libre, por lo que el Art. 16 en adelante no se toca.
1. El Órgano de Fiscalización y Auditoría es la instancia encargada del control financiero, la fiscalización de la gestión de recursos, la auditoría interna y la rendición de cuentas de LA CONFEDERACIÓN.
2. Estará integrado por tres (3) personas expertas independientes: un Fiscal o una Fiscal, un Auditor o una Auditora, y una persona especialista en materia financiera, contable o de control interno. Serán elegidas por la Asamblea General de Pueblos para un periodo de tres (3) años, renovable una sola vez, garantizando su independencia funcional respecto del Consejo Ejecutivo y de la Secretaría General.
3. Funciones del Fiscal o la Fiscal:
a) Fiscalizar el cumplimiento del Acta de Constitución, el Estatuto Orgánico, los presupuestos, las resoluciones, las políticas financieras y las decisiones de la Asamblea General.
b) Vigilar la adecuada administración de los recursos, bienes, fondos, aportes, donaciones y recursos de cooperación gestionados por LA CONFEDERACIÓN.
c) Verificar que los órganos responsables atiendan los hallazgos y recomendaciones de fiscalización y auditoría.
d) Dar seguimiento a los planes de acción y medidas correctivas adoptadas, informando a la Asamblea sobre avances, retrasos o incumplimientos.
e) Alertar oportunamente a la Asamblea y, cuando corresponda, al Tribunal de la Confederación, sobre irregularidades o riesgos financieros.
4. Funciones del Auditor o la Auditora:
a) Planificar y ejecutar auditorías internas financieras, administrativas, operativas y de cumplimiento.
b) Examinar anualmente los estados financieros, la ejecución presupuestaria, contratos, convenios, proyectos y el manejo de recursos.
c) Verificar el cumplimiento y eficacia de los controles internos y procedimientos de contratación de la Secretaría General y el Consejo Ejecutivo.
d) Emitir informes técnicos de auditoría con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
e) Recomendar a la Asamblea la realización de auditorías externas independientes cuando el monto, origen o requerimientos de los cooperantes lo ameriten, y dar seguimiento técnico a sus resultados.
5. Funciones conjuntas del Órgano:
a) Presentar un informe anual de fiscalización y auditoría ante la Asamblea, con copia al Consejo Ejecutivo y a la Secretaría General.
b) Solicitar y acceder oportunamente a toda la documentación institucional necesaria para sus funciones, sin perjuicio de la confidencialidad.
c) Articular su labor con el Consejo de Ancestros y Saberes en casos de presuntas prácticas indebidas o conflictos de interés con implicaciones financieras.
d) Trasladar al Consejo de Ancestros y Saberes los hallazgos sobre presuntas faltas éticas o conflictos de interés, y al Tribunal de la Confederación los que puedan dar lugar a sanciones, sin sustituir sus competencias.
6. El Órgano gozará de plena independencia funcional y no podrá recibir instrucciones de ningún otro órgano, sin perjuicio de reportar sus hallazgos a la Asamblea General.
7. Sus integrantes no podrán ejercer simultáneamente cargos en el Consejo Ejecutivo, la Presidencia, las Vicepresidencias, la Secretaría General ni en instancias que administren recursos de LA CONFEDERACIÓN. Tampoco podrán intervenir en asuntos con interés personal, familiar, profesional, contractual o económico.
8. Solo podrán ser removidas por causa justificada, mediante decisión de la Asamblea General por mayoría calificada y conforme al Estatuto Orgánico, garantizando el derecho de audiencia y defensa.
9. Los órganos o personas responsables deberán presentar, dentro del plazo establecido, un plan de acción para atender los hallazgos. El Fiscal o la Fiscal dará seguimiento a su cumplimiento e informará a la Asamblea sobre avances, retrasos o incumplimientos.
2. Plan de Acción 2026–2027
Línea 1. Fortalecimiento institucional
Nueva acción: Crear y poner en funcionamiento el Órgano de Fiscalización y Auditoría de la Confederación, mediante la elección del Fiscal o la Fiscal, del Auditor o la Auditora y de la persona especialista en materia financiera, contable o de control interno, garantizando mecanismos periódicos de fiscalización, auditoría financiera, seguimiento de recomendaciones y rendición de cuentas ante la Asamblea.
Línea 11. Cooperación, alianzas y sostenibilidad del proceso
Nueva acción: Establecer mecanismos de fiscalización y auditoría interna o externa para los recursos de cooperación internacional gestionados por la Confederación, conforme a los estándares internacionales aplicables, los requisitos de los cooperantes y los principios de transparencia y rendición de cuentas.
Sección 4. Resultados generales esperados
Nuevo resultado: Órgano de Fiscalización y Auditoría creado y en funcionamiento, con el Fiscal o la Fiscal, el Auditor o la Auditora y la persona especialista en materia financiera, contable o de control interno designados; plan inicial de trabajo definido y primeros mecanismos de fiscalización, auditoría y seguimiento de recomendaciones activados.
Sección 5. Mecanismo general de seguimiento
La implementación de este Plan de Acción será objeto de seguimiento por parte de las instancias propias de la Confederación, incluyendo la Presidencia Pro Tempore, la Secretaría Técnica, los órganos de gobierno que sean aprobados, el Órgano de Fiscalización y Auditoría en lo relativo a la ejecución financiera y presupuestal del Plan, y las comisiones temáticas que se definan. El seguimiento podrá realizarse mediante reuniones periódicas, informes de avance, relatorías de acuerdos, matrices de compromisos, espacios de evaluación colectiva e informes periódicos de fiscalización y auditoría sobre el uso de los recursos. Los órganos o personas responsables deberán presentar planes de acción para atender los hallazgos y recomendaciones dentro de los plazos establecidos. El Fiscal o la Fiscal dará seguimiento a su cumplimiento e informará a la Asamblea General sobre los avances, retrasos o incumplimientos. La hoja de ruta deberá mantenerse abierta a ajustes, de acuerdo con las decisiones de los pueblos miembros, las capacidades disponibles y las oportunidades de articulación regional e internacional.
3. Agenda de la Asamblea
Laboratorio normativo 2 — Estatutos de la Confederación
Revisión por bloques estatutarios: principios, membresía, derechos y deberes, órganos de gobierno, mecanismos de toma de decisiones, fiscalización, auditoría, control financiero, rendición de cuentas y reglas de funcionamiento.
Laboratorio institucional 3 — Forma de gobierno interno y órganos administrativos
Deliberación guiada sobre modelos de gobierno y representación territorial. Elección o designación de Secretaría General, Secretaría Técnica, Presidencia o Coordinación Pro Tempore, Consejo de Pueblos o Comité Ejecutivo y comisiones temáticas, así como definición del Órgano de Fiscalización y Auditoría, sus mecanismos de independencia, las funciones diferenciadas del Fiscal o la Fiscal y del Auditor o la Auditora, y la elección o designación de sus tres personas integrantes.
Producto esperado: Estructura de gobierno interno, órganos administrativos y mecanismo de fiscalización y auditoría definidos.
Plenaria del viernes 31 de julio
10:00 a.m. – 06:30 p.m. Aprobación por la Asamblea del Acta de Constitución, Estatutos, Gobierno interno y órganos administrativos, incluido el Órgano de Fiscalización y Auditoría; definición de las funciones diferenciadas del Fiscal o la Fiscal y del Auditor o la Auditora; elección o designación de sus tres personas integrantes; aprobación del Plan de Acción Bianual 2026–2028, de la agenda de la III Cumbre 2026 y de las sedes de las Cumbres 2027 y 2028.
Acto protocolario del sábado 1 de agosto
Acto solemne de firma del Acta de Constitución, los Estatutos y la Declaración Final; aprobación de la forma de gobierno interno, los órganos administrativos y el Órgano de Fiscalización y Auditoría; proclamación, cuando corresponda, del Fiscal o la Fiscal, del Auditor o la Auditora y de la persona especialista en materia financiera, contable o de control interno designados; presentación de la hoja de ruta 2026–2027; firma protocolaria y foto oficial. Cierre formal de la Asamblea.
Producto esperado: Acta de Constitución, Estatutos y Resolución Final firmados; estructura de gobierno interno, órganos administrativos y mecanismo de fiscalización y auditoría aprobados; Fiscal o la Fiscal, Auditor o Auditora y tercera persona integrante designados, cuando corresponda; cierre oficial de la Asamblea.
| Documento | Ubicación | Tipo de cambio |
|---|---|---|
| Acta de Constitución | Art. 1 | Ajuste de frase |
| Acta de Constitución | Art. 7 | Nuevo literal (e) |
| Acta de Constitución | Art. 8 | Ajuste de frase + nueva viñeta |
| Acta de Constitución | Art. 9 | Nueva función + seguimiento |
| Acta de Constitución | Art. 12 | Nuevo literal (h) — acceso a información |
| Acta de Constitución | Nuevo Art. 13 | Artículo completo — cargos, funciones, incompatibilidades, remoción |
| Plan de Acción | Línea 1 | Nueva acción |
| Plan de Acción | Línea 11 | Nueva acción |
| Plan de Acción | Sección 4 | Nuevo resultado esperado |
| Plan de Acción | Sección 5 | Ajuste de párrafo + seguimiento de hallazgos |
| Agenda | Laboratorio normativo 2 | Ampliación de contenidos |
| Agenda | Laboratorio institucional 3 | Definición del órgano y elección de integrantes |
| Agenda | Plenaria (31 jul) | Aprobación y designación |
| Agenda | Acto protocolario (1 ago) | Proclamación y producto esperado |
Este es un documento en desarrollo y será actualizado conforme avance la discusión en la Asamblea.

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